EXPEDICIÓN TARJETA DE OPERACIÓN
La tarjeta de operación se expide por primera vez a vehículos nuevos de servicio público de transporte individual o colectivo de pasajeros, para habilitarlos en la prestación del servicio.
La renovación de tarjeta de operación de un vehículo consiste en la expedición de una nueva tarjeta de operación, la cual lo habilita por un nuevo periodo de tiempo, para prestar el servicio público de transporte de pasajeros.
Es la expedición de una tarjeta de operación, con la misma información de la tarjeta de operación vigente al momento de realizar la solicitud.
Hay lugar a expedir una nueva tarjeta de operación cuando un vehículo, bien sea de transporte público individual o colectivo de pasajeros cambia de empresa, en el documento que se expide aparecerá como vinculadora o afiliadora la nueva empresa de transporte.
Valor del trámite: $ 25.000
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| Requisitos Generales |
Se debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Solicitud suscrita por el representante legal de la empresa o persona natural adjuntando la relación de los vehículos, indicando clase, marca, modelo, placa, capacidad y tipo de combustible, para cada uno de ellos. En caso de renovación, duplicado por perdida o cambio de empresa, se deberá indicar el número de Tarjeta de Operación anterior.
- Certificación suscrita por el representante legal de la empresa sobre la existencia de los contratos de vinculación vigentes de los vehículos.
- Fotocopia de la licencia de tránsito de los vehículos.
- Seguro obligatorio (SOAT) vigente a la fecha de radicación, incorporado en el RUNT.
- Si el vehículo ya cumplió dos (2) años contados desde la fecha de su matrícula, debe tener revisión técnico mecánica y de gases vigente, expedida por un Centro de Diagnóstico Automotor (CDA) autorizado por el Ministerio de Transporte y registrado en RUNT.
- Certificación de la compañía de seguros, en la que conste que los vehículos están amparados en las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual tomadas por la empresa.
- Pago de los derechos del trámite, los cuales se cancelan en SIM.
- Para vehículos de servicio público individual (Taxi), el vehículo debe figurar como censado.
- Para expedición de tarjeta de operación por cambio de empresa se debe allegar carta de aceptación de la nueva empresa y paz y salvo de la empresa de la cual se desvincula.
- En caso de renovación, duplicado por pérdida o cambio de empresa, deberá indicarse el número de la tarjeta de operación anterior.
- Para la renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público individual (Taxis), la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo un (1) mes de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta(s) de operación.
- Para renovación de tarjetas de operación de vehículos de servicio público colectivo o masivo, la empresa afiliadora debe formular la solicitud de trámite con mínimo dos (2) mes de anticipación al vencimiento de la(s) tarjeta(s) de operación.
- Para vehículos de servicio público colectivo de radio de acción urbano, el usuario debe acreditar el pago de derechos de capacidad transportadora.
- Poder especial o contrato de mandato. Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato (poder general) o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.
- Poder especial o contrato de mandato cuando el trámite no se realice directamente por el interesado.
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| Soporte Legal |
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