Descripción:
Es el registro ante el Organismo de Tránsito, de la instalación o retiro de material a prueba de proyectiles en un vehículo.
Derechos de trámite
Realice el pago directamente en el punto donde solicita el trámite, en las ventanillas del Banco.
$135.200
| | Información |
---|
| Requisitos generales |
- Para adelantar el trámite las personas naturales o jurídicas deben estar debidamente inscritas en el sistema RUNT.
- Presentar original del documento de identidad. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía- contraseña*. Para menores de edad, tarjeta de identidad, contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.
- Resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la cual se autoriza el blindaje o desmonte del blindaje del vehículo incorporada en RUNT.
- Certificado de la empresa que efectuó el blindaje o el desmonte de éste, debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con improntas del vehículo adheridas.
- Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado. Clic aquí.
- SOAT vigente incorporado en RUNT.
- Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.
- Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).
- En el caso de persona jurídica, el SIM verifica Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
- Cuando el trámite(s) por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública.
Nota:
- El blindaje o desmonte del blindaje del vehículo no se requerirá para los niveles 1 y 2.
- Para niveles de blindaje tres (III) y cuatro (IV) resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la cual se autoriza el blindaje o desmonte del blindaje del vehículo, incorporada en RUNT
- Certificado de la empresa blindadora que efectuó el blindaje o el desmonte de éste, debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con improntas del vehículo adheridas. Esto para todos los niveles de blindaje.
*Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.
|
| | Información |
---|
| Soporte Legal |
- Decreto 2269 de 2017
- Resolucion 160 de 2017
- Resolucion 0003499 2017
- Resolución 2796 de 2016 Todos
- Resolución 2108 de 2015, Todos
- Circular 20144010489341 de 2014, Toda
- Circular 20144010289831 de 2014, Toda
- Decreto Ley 019 de 2012, Art. 104
- Resolución 12379 de 2012, Art. 3 - 7, 20 Num. 6, 8 - 11
- Resolución 2395 de 2009, Art. 1 - 3
- Resolución 405 de 2009, Art. 2
- Ley 1005 de 2006, Art. 6
|
Descargar PDF: Requisitos Blindaje