TRASPASO DE PROPIEDAD A PERSONA INDETERMINADA

TRASPASO DE PROPIEDAD A PERSONA INDETERMINADA

Descripción:

Inscripción de la transferencia de la propiedad de un vehículo a nombre de persona indeterminada.

Derechos de trámite

Realice el pago directamente en el punto donde solicita el trámite, en las ventanillas del Banco.

expedición de licencia de conduccion pase vehiculo

 $117.900

expedicion licencia de conduccion pase moto

 $66.600
Información
  Requisitos generales
  • Para adelantar el  trámite las personas naturales o jurídicas deben estar debidamente inscritas en el sistema RUNT.
  • Presentar original del documento de identidad. Para nacionales mayores de edad: Cédula de ciudadanía- contraseña*. Para menores de edad, tarjeta de identidad, contraseña* Para extranjeros mayores de edad: Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.
  • Estar en paz y salvo por concepto de multas, comparendos y obligaciones tributarias que graven el vehículo.
  • Demostrar que han transcurrido al menos tres (3) años contados desde el momento en que dejó de ser poseedor.
  • Que no cuente con el contrato de compraventa para efectuar el trámite de traspaso.
  • Que las circunstancias en que se encuentre, no se ajusten a ninguna de las causales de cancelación de matrícula, previstas en el artículo 40 del Código Nacional de Tránsito Terrestre.
  • Pago de los derechos del trámite en los puntos de atención (ventanillas del banco).

Además de los anteriores, el interesado deberá presentar, dentro de los dos (2) años siguientes, contados a partir de la entrada en vigencia de resolución 5709 expedida por el Ministerio de Transporte (26 de diciembre de 2016), los siguientes documentos:

  • Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado. En el campo de comprador, debe hacerse la anotación: "Persona Indeterminada" Clic aquí.
  • Constancia de estar a paz y salvo en el pago de impuestos del vehículo, de los últimos cinco (5) años, salvo que goce de alguna exención tributaria
  • Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato, poder general o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante. Si la autorización se lleva a cabo mediante poder especial, este debe tener presentación personal ante una notaría pública
  • Recibo de pago por concepto de retención en la fuente.
  • En el caso de persona jurídica, el SIM verifica Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
  • En caso de existir limitaciones a la propiedad, un documento en el que conste su levantamiento. Previa o simultáneamente se llevará a cabo el levantamiento de la limitación de dominio, con el cumplimiento de los requisitos correspondientes.
  • Formulario suscrito por el propietario, en el que manifieste la fecha, las razones por las cuales no formalizó el trámite de traspaso y la manifestación que desconoce el paradero del vehículo. (Descargue aquí el formulario)

*Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.

Aclaraciones

  • Allegados los documentos y verificada la información por el SIM, el vehículo quedará registrado a nombre de "Persona Indeterminada".
  • No procede el traspaso de la propiedad del vehículo a persona indeterminada, cuando se encuentre en curso cualquier actuación judicial o administrativa encaminada a obtener el cambio de propietario.
  • Una vez revocado el acto administrativo de traspaso del vehículo objeto del trámite a favor de persona indeterminada, se procederá a registrar el traspaso a nombre de la persona que realiza la solicitud de trámite. El Organismo de Tránsito ante el cual se realice el trámite verificará a través del Sistema RUNT, que el interesado esté a paz y salvo por infracciones de tránsito y que el vehículo objeto del trámite cuente con el SOAT y la revisión técnico-mecánica y de gases vigentes.
Descargar PDF: Requisitos Traspaso de propiedad a persona Ind